PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO

Las instituciones suscriptoras del presente pronunciamiento, afirman lo siguiente:


1. RECONOCEMOS que los Pueblos Indígenas de la Amazonia Peruana, pese a anteceder a la formación del Estado Peruano, y poseer una inmensa capacidad y potencialidad como sujetos históricos, conforman uno de los grupos humanos más olvidados, discriminados, explotados y postergados por el Estado, dicha situación ha contribuido a que ancestral y sistemáticamente sus derechos sean desconocidos, mancillados y vulnerados por la inoperancia, desinterés y aplicación de políticas públicas por parte de los gobiernos de turno, que responden a modelos económicos incompatibles con la visión amazónica y las relación simbiótica de los Pueblos Indígenas con su ambiente.

En dichos extremos compartimos, y hacemos nuestras las reivindicaciones exigidas por los pueblos indígenas, en las protestas públicas que retomaron desde el 09 de abril de presente.

2. INVOCAMOS al Pleno del Congreso de la República, a revisar, debatir y prounciarse de manera positiva y oportuna respecto al pecico de derogatoria de las siguientes normas:

  • Ley Nunero 29317
  • Ley Numero 29338
  • Decreto Legislativo Numero 1020
  • Decreto Legislativo Numero 1064
  • Decreto Legislativo Numero 1081
  • Decreto Legislativo Numero 1083
  • Decreto Legislativo Numero 1089
  • Decreto Legislativo Numero 1090
  • Decreto Legislativo Numero 994

Pedido presentado por una de sus organizaciones representativas en cuanto los mismos afectan derechos de los Pueblos Indígenas, reconocidos en el Convenio 169: Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, de la Organización Internacional de Trabajo, ratificado por el Perú, mediante Resolución Legislativa Numero 26253, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 2 de diciembre 1,993.

Asímismo a asumir lo establecido por la Comisión Multipartidaria encargada de Estudiar y Recomendar la Solución a la Problemática de los Pueblos Indígenas, a través de "Informe sobre los Decretos Legislativos vinculados a los pueblos indígenas promulgados por el poder ejecutivo en mérito a la Ley Numero 29157".

3. REQUERIMOS que el Ministerio Público cumpla con garantizar el actuar debido de los efectivos de la Policía Nacional desplazados a las diversas localidades y Comunidades en las cuales se vienen realizando actos de manifestación y protestas pacificas.

A la Policía Nacional a dar indicaciones a sus efectivos para evitar el uso indebido de la fuerza así  como no incurrir en actos de provocación contra los Pueblos Indígenas manifestantes y mantener un dialogo permanente con éstos.

Así como que la Defensoría del Pueblo, supervise el actuar de ambas instituciones, de forma tal que se prevenga actos de hostilización y amedrentamiento a quienes esgrimen justas reivindicaciones de derechos.

4. DEMANDOS con urgencia al Poder Ejecutivo, evaluar, replantear y diseñar, en lo sucesivo, de manera concertada, plural y participativa las políticas públicas para la atención de las necesidades y problemáticas que afectan a los Pueblos Indígenas, lo cual permitirá evitar que se presenten situaciones como la presente.

Las instituciones que suscribimos nos comprometemos a mantenernos vigilantes del proceso que conlleve la atención de estas demandas, así como a monitorear el cumplimiento de los acuerdos y compromisos que se asuman.

Gobierno Regional de Loreto - GOREL
Municipalidad Distrital del Napo
Frente Patriótico de Loreto - FPL
Red Ambiental de Loreto - RAL
Organización de Pueblos Indígenas del Oriente - ORPIO
Feder
ación de Comunidades Nativas del Corientes - FECONACO
Radio Emisora "La Voz de la Selva"
Vicariato Apost
ólico San José del Amazonas
Comisi
ón de Justicia y Paz - Derechos Humanos del Vicariato Apostólico de Iquitos